Reforma de la Ley contra el Odio sustituye las penas de cárcel por sanciones económicas
La propuesta de reforma a la norma que sanciona el odio en Venezuela plantea eliminar las penas de 10 a 20 años de prisión y cambiarlas por multas en bolívares.
El monto de las sanciones oscilará entre 500 y 10.000 veces el tipo de cambio de la moneda de mayor valor que fije el Banco Central de Venezuela.
Estas medidas abarcarán infracciones como discursos de odio, incitación a la guerra, hostigamiento e impartición de mensajes con contenido discriminatorio o violento.
El Ministerio de Relaciones Interiores, Justicia y Paz asumirá la tarea de determinar los montos finales tras evaluar la gravedad de la falta, el alcance del medio empleado, la intencionalidad, el beneficio económico y la reincidencia.
Una vez abierta la causa y ratificada la sanción en un expediente formal, los infractores contarán con un lapso de 30 días para pagar la multa en la banca pública.
El Ministerio también podrá sustituir el pago monetario por penas alternativas, las cuales incluyen de 200 a 600 horas de trabajo comunitario o la participación en capacitaciones sobre cultura de paz.
Si las personas sancionadas no están de acuerdo con la resolución, mantendrán la opción de interponer una demanda de nulidad ante la jurisdicción contencioso-administrativa dentro de un periodo de 30 días continuos.
El proyecto modifica formalmente la denominación de la norma, que pasará a llamarse Ley para la Convivencia Democrática, la Paz y la Tolerancia.
Además, el texto abre espacio para la creación de la Comisión para la Promoción y Garantía de la Convivencia, un organismo integrado por parlamentarios, ministros, autoridades del sistema de justicia y delegados de organizaciones sociales.
En cuanto al ejercicio periodístico, el documento precisa que las opiniones políticas y el trabajo de los medios no constituirán discursos de odio, siempre que no contengan una incitación directa e inequívoca a actos violentos o delictivos.
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