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Una jueza censura la «mala fe» del Ayuntamiento de Morón por no acatar una sentencia

ABC ·
Una jueza censura la «mala fe» del Ayuntamiento de Morón por no acatar una sentencia

La magistrada de la plaza número nueve de la Sección de lo Contencioso Administrativo del Tribunal de Instancia de Sevilla ha dictado un severo auto, en el que reprocha al Ayuntamiento de Morón de la Frontera , gobernado por Juan Manuel Rodríguez, del PSOE, su «manifiesta temeridad y mala fe procesal» a cuenta de sus maniobras para eludir el cumplimiento efectivo de una sentencia firme que anula el nombramiento de cinco bomberos como jefes de turno.

En concreto, y como explica la magistrada en este auto de fecha del pasado 23 de julio, todo gira en torno a una sentencia dictada por el antiguo Juzgado de lo Contencioso Administrativo número nueve y ratificada por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, el TSJA, declarando la «nulidad de pleno derecho del decreto 2023/0471 de 21 de febrero de 2023 del alcalde de Morón, por el que aprobó el nombramiento de cinco funcionarios del Servicio de Prevención y Extinción de Incendios para funciones de jefes de grupo en cada turno de trabajo».A la hora de confirmar dicha nulidad, el TSJA destacó de hecho que «el alcance y el contenido de las funciones asignadas a los jefes de grupo o de turno requería la creación del puesto de trabajo correspondiente, inexistente en la RPT d el Ayuntamiento». «Además, tales funciones fueron atribuidas con omisión del procedimiento legalmente establecido para la modificación de la RPT o creación del puesto, así como la incompetencia del alcalde tanto para la creación de un auténtico puesto de trabajo nuevo en cuanto dotado de contenido funcional autónomo y propio, como para la designación de los funcionarios que los ocuparon», señalaba el tribunal.

Una vez sobre la mesa la sentencia del TSJA , según desgrana la magistrada, «ante el incumplimiento voluntario de la sentencia por la Administración demandada, a instancia de la parte ejecutante, se acordó en fecha 21 de octubre de 2025 la incoación y tramitación del procedimiento de ejecución forzosa».

Fue entonces cuando el alcalde, ya el 27 de octubre de 2025, emitió una resolución dejando sin efecto su decreto inicial impugnado.

También hizo lo propio con el abono del complemento de productividad que venían percibiendo los jefes de turno.

Nuevos nombramientosPero muy poco después, como figura en el auto, el 17 de noviembre en concreto, el alcalde emitió un nuevo decreto nombrando a cinco funcionarios como « responsables de turnos , con atribución de funciones de coordinación en sus turnos y de enlaces entre turnos y la jefatura»; tratándose de «los mismos funcionarios» que en la ocasión anterior, «salvo uno de ellos, que se había jubilado ya, sin ningún procedimiento selectivo por razones de urgencia, siguiendo un criterio de antigüedad, con la asignación de un complemento retributivo».

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