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Tirar basura o abandonar desechos en la calle tendrá sanciones más severas; se castigará con arresto de hasta 36 horas

El Universal ·
Tirar basura o abandonar desechos en la calle tendrá sanciones más severas; se castigará con arresto de hasta 36 horas

Tirar basura en lugares no autorizados , así como arrojar, tirar o abandonar animales muertos , desechos, objetos o sustancias en el espacio público , serán consideradas infracciones tipo D en la Ciudad de México, de acuerdo con una reforma a la Ley de Cultura Cívica publicada en la Gaceta Oficial capitalina.

El decreto reforma el párrafo relativo a las infracciones tipo C del artículo 31 y modifica el cuadro contenido en el artículo 32, específicamente en lo correspondiente a las fracciones III y IV del artículo 29 de la legislación capitalina.

Con la modificación, ambas conductas quedan clasificadas dentro de las infracciones tipo D, junto con otras conductas contempladas en el artículo 29; mientras la fracción III establece como infracción “arrojar, tirar o abandonar en el espacio público animales muertos, desechos, objetos o sustancias”, mientras que la fracción IV sanciona “tirar basura en lugares no autorizados”.

Leer también CDMX prohíbe conductas que alienten o toleren la prostitución, drogadicción o apología del delito en eventos públicos ¿Qué sanción corresponde a una infracción tipo D? El cambio implica que estas conductas deben pagarse con arresto de 20 a 36 horas, o con servicio a la comunidad, y no con un pago de multa.

De acuerdo con el artículo 31 reformado, las infracciones tipo D se sancionarán con arresto de 20 a 36 horas o de 10 a 18 horas de trabajo en favor de la comunidad; a diferencia de las infracciones tipo C, que tienen la vía de pagar una multa de 21 a 50 Unidades de Medida.

La reforma también mantiene distintas categorías de sanciones para las infracciones previstas en la Ley de Cultura Cívica.

Las de tipo A contemplan multas de una a 10 Unidades de Medida; las de tipo B, de 11 a 40; mientras que las de tipo C establecen multas de 21 a 50 Unidades de Medida, además de las alternativas de arresto o trabajo comunitario.

Las infracciones tipo E se sancionan con entre 20 y 36 horas de trabajo en favor de la comunidad, inconmutables, y las tipo F con arresto inconmutable de 24 a 36 horas.

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