Publican en el DOF lineamientos de las audiencias; no pueden usarse para restringir el derecho a la información, aclaran
En la versión vespertina del Diario Oficial de la Federación ( DOF ), fue publicado el acuerdo mediante el cual el pleno de la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones ( CRT ) aprueba y emite los "Lineamientos Generales para la Protección de los Derechos de las Audiencias ".
“Los presentes Lineamientos en ningún caso podrán interpretarse para restringir o limitar el derecho a la información , la libertad de expresión , libertad programática, libertad editorial, ni para ejercer cualquier tipo de censura previa sobre los Contenidos de las Concesionarias de Televisión Abierta y Radio y las Concesionarias de Televisión y Audio de Paga”, aclara.
Destacó que durante el desarrollo de la consulta pública se recibieron 8 mil 889 participaciones en el portal de la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones, que incluyeron, entre otros, temas como del deber de la diligencia en la información noticiosa; mecanismo para la protección de los derechos de las audiencias; supervisión y sanciones; y diferencia entre contenido y publicidad.
Lee también CRT aprueba lineamientos de derechos de las audiencias, con ajustes; rechaza censura y dice que "es un mito" “Se advierte que el propio texto constitucional establece que en el servicio de radiodifusión, televisión abierta y radio se debe preservar, entre otras cosas, la veracidad de la información”, se indica.
Código de ética “Por lo que hace a la Ley en su artículo 250, tercer párrafo establece que los concesionarios de radiodifusión o de televisión o audio restringidos deberán expedir Códigos de Ética , con el objeto de proteger los derechos de las audiencias, los cuales deberán asegurar el cumplimiento de los derechos de información, de expresión, de buscar, recibir y difundir información e ideas en términos de lo dispuesto en los artículos 6o. y 7o. de la Constitución”, destaca.
Agrega que el artículo 12 del proyecto de regulación, sometido a consulta pública, a la letra dice que las concesionarias de televisión abierta y radio, así como las del servicio de paga o las programadoras “adoptarán las medidas necesarias para no difundir información falsa, descontextualizada o información histórica como si fuera actual, debiéndose apegar a los criterios editoriales y valores que establezcan en sus códigos de ética para el tratamiento de la información noticiosa”.
Lee también Así quedaron los lineamientos para las audiencias; consulta pública modificó intervención del gobierno y sanciones Defensoría de audiencias Precisa que el mecanismo de defensa de los derechos de las audiencias lo constituye el procedimiento para la recepción y atención de las quejas que presenten las audiencias.
5News agregó este resumen a partir del feed público del medio. La nota completa, con todo el contexto, está en www.eluniversal.com.mx — el contenido pertenece a El Universal (Nación).