Bloqueos sindicales: el fallo del juez de San Nicolás es una mancha para toda la Justicia y, a la vez, una señal preocupante para las empresas
Los bloqueos sindicales contra las empresas retrocedieron en la Argentina.
Desde 2021, que marcó un récord con unas 75 protestas de ese tipo en todo el país y que derivaron en el cierre de 6 pymes que no podían trabajar por el hostigamiento de los gremios, en 2024 sólo se produjeron 8.
Y desde entonces los casos cayeron en picada, como consecuencia de distintos fallos judiciales que equipararon a los bloqueos con un delito y, además, de leyes que penalizan a quienes los realizan.
Por eso el controvertido fallo del juez Alejandro López marca un retroceso preocupante en materia de cómo se reconfiguraron legalmente los bloqueos y constituye una mancha para el Poder Judicial (que incluso se suma a su sentencia de 2023 que benefició con arresto domiciliario a un hombre al que un jurado había declarado culpable de abuso sexual gravemente ultrajante agravado).
Pero, además, esa sentencia se convirtió en una señal inquietante para los empresarios: si se generalizara su interpretación de los hechos que afectaron a Rey Distribución, en San Pedro, los sindicalistas volverían a poner de moda el impedimento del acceso a las empresas en el marco de cualquier reclamo laboral, ya que se trataría del “legítimo ejercicio de un derecho”, como interpreta López en su fallo, por más que sea una modalidad de protesta violenta en sí misma, extorsiva, intimidatoria e incluso riesgosa para la propia continuidad de la actividad empresarial.
“Lo que le está diciendo este juez a la sociedad es que no importa que cometas delito, siempre que haya una huelga existe una justificación”, afirmó Ariel Rey, uno de los dueños de la pyme Rey Distribución, bloqueada en 201 por el líder de Camioneros de San Nicolás, Maximiliano Cabaleyro, a quien López absolvió, junto con otros 6 imputados, que estaban acusados de los cargos de extorsión y turbación de la posesión.
“Si yo quiero abrir mi negocio, sacar el camión para salir a repartir y un grupo de personas hace un cordón humano y te dicen: “No avanzás”, ¿eso no es un delito? ¿Qué tiene que ver eso con el derecho de huelga?“, se preguntó Rey en diálogo con Infobae.
Lo más polémico, además de la absolución de los imputados, es que López concluyó que los bloqueos sindicales —que, según reconoce, impidieron la circulación de camiones y afectaron la actividad de la empresa— constituyeron el “legítimo ejercicio de un derecho” y, por lo tanto, no configuraron delitos.
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