Rakan Al Thani recurre su prisión provisional y denuncia indefensión tras su entrega a España
La representación legal de Rakan Abdulla N.
A.
Al Thani , miembro de la familia propietaria del Málaga Club de Fútbol, ha interpuesto un recurso de reforma y subsidiario de apelación ante el Tribunal de Instancia de Málaga contra el auto dictado el pasado 8 de octubre de 2026, que acordó mantener su prisión provisional incondicional, comunicada y sin fianza.
La defensa, ejercida por el abogado Javier Velasco Almendral, solicita la revocación de la medida y la concesión de libertad provisional —ofreciendo diversas medidas cautelares alternativas como fianza, retirada de pasaporte o comparecencias periódicas—, o de forma subsidiaria, la nulidad de la resolución por entender que se han vulnerado derechos fundamentales esenciales durante el proceso.Sostiene que la prisión se basa en una fuga que nunca existió y en una acusación que ningún juez ha concretado en siete años.
Denuncia además que se decidió sin el abogado elegido por su cliente y sin que este conociera en su idioma de qué se le acusa.El auto afirma que Rakan fue detenido en Múnich «cuando trataba de salir del país y coger un vuelo hacia Doha».
La defensa aporta un billete de Qatar Airways emitido en diciembre de 2025 en el que ese vuelo de regreso del 12 de septiembre ya estaba reservado.
La fecha se fijó nueve meses antes, antes del auto de prisión de junio y de la orden europea de detención, y coincidía con el final del tratamiento médico que lo llevó a Alemania.
Rakan había viajado con su pasaporte, en un vuelo comercial, y la Policía Nacional comunicó su llegada al juzgado al día siguiente.
No se ocultaba: volvía a casa en la fecha prevista.El recurso denuncia también que la decisión sobre su libertad se tomó sin las garantías mínimas.
La vista se celebró el mismo día de su entrega sin el abogado que Rakan había designado y sin que se le entregara traducida al árabe la acusación.
El auto no recoge una sola de las palabras que pronunció en ella y se limita a ratificar la prisión acordada en junio en su ausencia.
La defensa invoca la STC 15/2026, de 23 de febrero, en la que el Constitucional, con el apoyo del propio Ministerio Fiscal, anuló una prisión provisional.
En aquel caso el investigado sí había recibido por escrito un resumen de las acusaciones antes de la vista, y aun así el Tribunal lo consideró insuficiente, porque el acceso a la información debe ser «real y efectivo y no meramente aparente».
Si eso no bastó en una causa secreta, sostiene el recurso, menos puede bastar aquí, donde Rakan no recibió documento alguno en su idioma.
5News agregó este resumen a partir del feed público del medio. La nota completa, con todo el contexto, está en www.abc.es — el contenido pertenece a ABC.