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Política

El fallo del Supremo sobre la ley de nietos amenaza con dejar sin voto a quienes ya probaron el exilio de sus antepasados

elDiario.es Política ·
El fallo del Supremo sobre la ley de nietos amenaza con dejar sin voto a quienes ya probaron el exilio de sus antepasados

La suspensión cautelar dictada por los jueces saca del censo a más de 160.000 electores del exterior, sin distinguir cómo accedieron a la nacionalidad El Supremo ordena suspender el voto de 163.020 españoles pese a que el Gobierno lo considera “materialmente imposible” La ratificación por parte del Tribunal Supremo de las medidas cautelares que congelan el derecho al voto de los descendientes de represaliados del franquismo amenaza con impedir la participación en las próximas generales de más de 160.000 españoles que se acogieron a la ley de nietos, cuenten o no con documentos que acrediten el exilio de sus antepasados.

En sus autos, el Alto Tribunal distingue entre dos formas de acceso a la nacionalidad.

Por un lado, quienes aportaron documentos del exilio de sus antepasados.

Y, por otro, quienes se acogieron a la instrucción que daba por exiliado a cualquiera que hubiera salido de España entre 1936 y 1955 y sobre la que el Supremo ha lanzado sospechas de que puede ser irregular.

De acuerdo a esos autos, el primer grupo sí puede votar.

Pero la decisión que han tomado los jueces es suspender preventivamente el sufragio de todos.

Y dejar en manos de los consulados la tarea de cribar cada expediente.

El Gobierno lleva semanas advirtiendo de las “dificultades” existentes e incluso de la “imposibilidad material” de ejecutar una orden que supone revisar miles de concesiones de nacionalidad.

Este martes, un portavoz del Instituto Nacional de Estadística (INE) confirmó al elDiario.es que, hasta el momento, ningún consulado ha remitido a la Oficina del Censo Electoral (OCE) —el órgano encargado de la formación del censo— las certificaciones necesarias para poder discriminar a los electores y levantarles la suspensión cautelar.

Es una información que confirma que en el mes que ha transcurrido desde que el Supremo adoptó la decisión ratificada esta semana, la Administración ha mantenido una actitud de inacción.

Fuentes del Ministerio de Exteriores defienden que su departamento —del que depende la red consular— “está cumpliendo y cumplirá en todo momento con la legalidad vigente” y aplicará “con la máxima diligencia las medidas cautelares del Tribunal Supremo”.

Pero insisten, no obstante, en que su implementación “resulta muy compleja para muchos consulados”, tal y como figura en los informes de la Dirección General de Españoles en el Exterior y de Asuntos Consulares que constan en el procedimiento abierto en el Supremo y que han analizado los jueces.

De acuerdo a estos informes, el Registro de Matrícula Consular no contiene ningún campo informático que identifique por qué vía concreta se adquirió la nacionalidad.

Por tanto, para ejecutar la orden del Supremo sería imprescindible revisar manualmente uno por uno los 163.020 expedientes.

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