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El fiscal defiende en su informe que la nacionalidad de Julio Iglesias es suficiente para que la Justicia española le investigue

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El fiscal defiende en su informe que la nacionalidad de Julio Iglesias es suficiente para que la Justicia española le investigue

El juez de la Audiencia Nacional decidirá en los próximos días si abre una causa contra el cantante tras la querella por agresión sexual de dos extrabajadoras de sus mansiones en el Caribe Las extrabajadoras que denunciaron a Julio Iglesias presentan una querella contra él en la Audiencia Nacional El juez de la Audiencia Nacional Antonio Piña decidirá en los próximos días si abre una causa contra Julio Iglesias , tras la querella por agresión sexual y otros delitos presentada contra él por dos extrabajadoras de sus mansiones en el Caribe.

El magistrado ya tiene sobre su mesa el informe en el que el fiscal del caso, Vicente González Mota, defiende que ese tribunal, al que corresponde investigar los delitos cometidos por españoles en el extranjero, sí es competente.

El artículo clave que cita el fiscal es el 23.2 de la ley del Poder Judicial, que hace referencia al llamado principio de personalidad.

Ese artículo permite que los tribunales españoles persigan delitos cometidos en el extranjero por españoles si se dan tres requisitos: que haya denuncia en España de la víctima o la Fiscalía, que la conducta sea también delito allí donde se produjeron los hechos y que el caso aún no haya sido juzgado.

Son requisitos que se cumplen en este caso, de acuerdo al criterio del fiscal.

La denuncia en la que las dos extrabajadoras describen situaciones de acoso y agresiones sexuales fue presentada en la Audiencia Nacional en septiembre e incluye supuestos hechos que también se consideran delito en Bahamas y República Dominicana, los países donde supuestamente ocurrieron las agresiones denunciadas.

Además, no consta que en esos países se haya abierto ninguna investigación contra el cantante.

Las fuentes consultadas sostienen que el informe del fiscal también alude al Convenio del Consejo de Europa sobre la Lucha contra la Trata de Seres Humanos y al Convenio del Consejo de Europa sobre prevención y lucha contra la violencia contra la mujer y la violencia doméstica (Convenio de Estambul).

No obstante, determina que, más allá de estos instrumentos legales, la nacionalidad del cantante es el elemento clave que determina que los tribunales españoles puedan intervenir.

Cambio de criterio en la Fiscalía La postura de González Mota se aparta de la fijada hace unos meses por la teniente fiscal de la Audiencia Nacional, Marta Durántez.

Esta fiscal archivó el pasado enero una primera denuncia que estas trabajadoras presentaron ante el Ministerio Público, no en el juzgado como en esta ocasión.

La fiscal Durántez consideró que los tribunales españoles carecían de jurisdicción dado que los hechos ocurrieron en el extranjero y no se daban los “vínculos” territoriales ni personales que exige la ley para que la Justicia española pudiera intervenir.

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