La vuelta al cole desgrava en la Renta: hasta 1.000 € por gasto en libros, guardería, idiomas o actividades extraescolares
La vuelta al colegio supone un importante desembolso para las familias que les hace más empinada la ‘cuesta’ de septiembre.
Parte de los gastos asociados al inicio del curso pueden desgravarse en la declaración de la Renta del año siguiente.
Según explican los Técnicos del Ministerio de Hacienda (Gestha), las deducciones podrían alcanzar hasta los 1.000 euros.
Las ventajas fiscales dependen de la comunidad autónoma en la que se tenga la residencia fiscal, que es la que determina tanto los gastos que pueden deducirse como los porcentajes, los límites máximos y los niveles de ingresos necesarios para acceder al beneficio fiscal.
Entre las deducciones más habituales se encuentra la correspondiente a los libros de texto y el material escolar .
Canarias, Aragón, Asturias y Baleares permiten deducir el 100% de este gasto, aunque con diferentes límites y condiciones de renta.
Castilla-La Mancha también contempla una deducción del 100% por la adquisición de libros de texto .
Extremadura, por su parte, establece una deducción de 15 euros por hijo, mientras Murcia permite deducir hasta 120 euros por la compra de material escolar.
En Madrid, la deducción alcanza el 15% de determinados gastos de escolaridad.
Academias y actividades extraescolares los técnicos del Hacienda advierten de que estos gastos no se reflejarán en la declaración que los contribuyentes presenten inmediatamente después de esta vuelta al colegio, sino en la campaña de la Renta correspondiente al ejercicio 2026, que se desarrollará entre abril y junio de 2027 .
Para ello, conservar facturas y justificantes de pago resulta determinante a la hora de acreditar los gastos ante Hacienda.
El tratamiento fiscal tampoco es uniforme cuando se trata de academias o actividades extraescolares .
Aragón permite deducir el 25% de determinados gastos correspondientes a clases extraescolares.
Andalucía contempla una deducción del 15% de las cantidades satisfechas durante el periodo impositivo por enseñanza escolar o extraescolar de idiomas, informática o ambas.
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