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Consejo de Estado podría decidir no pagarle $1,3 billones a Portugal por el nuevo modelo de pasaportes de Petro: cuál es la razón

Infobae ·
Consejo de Estado podría decidir no pagarle $1,3 billones a Portugal por el nuevo modelo de pasaportes de Petro: cuál es la razón

El pago de $1,3 billones de pesos a Portugal por el nuevo modelo de pasaportes quedó bajo estudio del Consejo de Estado después de que la Procuraduría General de la Nación apeló la negativa inicial del Tribunal Administrativo de Cundinamarca a suspender esa transferencia.

El caso enfrenta dos discusiones: la continuidad de la expedición de pasaportes y la legalidad del convenio firmado por la Cancillería.

El alto tribunal negó la cautelar el 27 de julio de 2026, ocho meses después de que la Procuraduría pidiera frenar el giro.

El Ministerio Público apeló el 31 de julio y el tribunal ordenó remitir el expediente a su superior el 10 de agosto.

El expediente llegó el 20 de agosto de 2026 a la Sección Tercera del Consejo de Estado, confirmó La FM .

Por reparto, el asunto quedó a cargo del magistrado Nicolás Yepes Corrales, que deberá decidir si existen bases para suspender la transferencia mientras se resuelve el proceso de fondo.

Los argumentos sobre suspender o no el pago El magistrado José Élver Muñoz ponente de uno de los casos en el Tribunal Administrativo de Cundinamarca sostuvo en un auto que, si Colombia deja de pagarle a la Casa de la Moneda de Portugal, existe un “riesgo cierto de afectación al servicio público de expedición de pasaportes”.

También advirtió un posible impacto sobre derechos adquiridos “de buena fe” por esa entidad.

El auto añadió que “No se demostró un perjuicio irremediable ni que los efectos de la sentencia serían nugatorios...”.

Según esa decisión, el régimen legal de restituciones por una eventual nulidad opera con independencia de que se decrete o no la cautelar.

El procurador Marcio Melgosa cuestionó esa lectura en un oficio de 14 páginas que conoció la cadena radial.

Allí sostuvo que “La providencia apelada incurre en una ponderación incompleta al asumir que la continuidad del servicio constituye, por sí sola, una razón suficiente para negar cualquier medida de protección provisional”.

La Procuraduría agregó que el Estado colombiano debe “garantizar que el servicio no se interrumpa y hacerlo mediante procedimientos ajustados a la Constitución y a la ley”.

También describió el convenio entre la Cancillería y la Casa de la Moneda como uno “presuntamente contrario al ordenamiento” y pidió evitar “efectos irreversibles”.

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