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¿Qué indemnización puede cobrar un empleado público que haya encadenado contratos temporales?: Hasta 10.000 € cada tres años

Infobae ·
¿Qué indemnización puede cobrar un empleado público que haya encadenado contratos temporales?: Hasta 10.000 € cada tres años

Los empleados públicos que hayan permanecido durante años encadenando contratos temporales en situación de abuso podrán contar con un nuevo criterio para reclamar una indemnización.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha establecido que puede corresponder una compensación de hasta 10.000 euros por cada periodo completo de tres años en situación de abuso de temporalidad en las Administraciones públicas.

La sentencia, dictada en julio de 2026, resuelve el recurso presentado por un trabajador de la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil que había sufrido una prolongada situación de temporalidad.

El fallo llega después de otra resolución del mismo tribunal que ya había aplicado un criterio similar en el caso de una trabajadora de la Xunta.

En ambos procedimientos, los periodos de temporalidad fueron especialmente extensos: 22 años en un caso y 15 en el otro.

El criterio del TSXG establece que la duración del abuso puede tener un reflejo directo en la cuantía de la indemnización.

Así, por cada periodo completo de tres años durante el que se mantenga la situación abusiva podría devengarse un nuevo importe de hasta 10.000 euros.

La cantidad, sin embargo, no se concede automáticamente y deberá graduarse en función de las circunstancias concretas de cada trabajador y de los daños adicionales que puedan acreditarse.

Un criterio ligado a los tres años La Sala utiliza como referencia el artículo 70.1 del Estatuto Básico del Empleado Público (EBEP), que establece un plazo de tres años para la ejecución de las ofertas de empleo público.

A partir de ese periodo, el tribunal construye un parámetro temporal para valorar el perjuicio causado por el mantenimiento de una relación temporal abusiva.

La indemnización se calcula tomando además como referencia la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social (Lisos).

El objetivo es disponer de un criterio que permita traducir económicamente una situación de abuso que, en muchos casos, se prolonga durante largos periodos y deja al trabajador en una situación de incertidumbre laboral.

El tribunal subraya que la cuantía de hasta 10.000 euros por cada periodo de tres años no debe interpretarse como una tarifa automática.

La valoración tendrá que atender a las circunstancias particulares de cada caso, incluida la duración de la situación irregular y los posibles perjuicios que haya sufrido el empleado público.

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