Sobreseyeron a los ex jefes de la AFI durante el macrismo en una causa por supuesto espionaje ilegal
El juez federal Marcelo Martínez De Giorgi sobreseyó al ex director de la AFI en el macrismo Gustavo Arribas, a su segunda Silvia Majdalani y otros dos imputados en una investigación por presuntas maniobras de inteligencia ilegal durante la cumbre de la Organización Mundial de Comercio en 2017 y el G20 en 2018 al concluir que no hubo delito.
El magistrado sostuvo que las tareas realizadas por el organismo estuvieron vinculadas a la seguridad de esos encuentros, según la resolución a la que accedió Infobae , tomada en una causa que se inició por denuncia en 2020 de la entonces interventora de la Agencia Federal de Inteligencia, Cristina Caamaño .
“Las hostilidades observadas en los antecedentes extranjeros de tales reuniones evidenciaban un grave problema que requería la atención inexcusable del Estado argentino”, fundamentó el juez en el fallo de 97 carillas.
Argentina, como país anfitrión, debía “adoptar las decisiones estratégicas necesarias para contrarrestar el riesgo potencial de que esos incidentes se repitieran, garantizando la seguridad de las personas, lugares y recursos de su infraestructura crítica y, en particular, el normal desenvolvimiento de las convenciones y la integridad física de los asistentes”, puntualizó.
Y en ese marco, lo hecho por la AFI “bajo una estricta relación de medio a fin” fue un “recurso válido para alcanzar esos objetivos”.
Informes sobre periodistas y organizaciones sociales La denuncia sostuvo que en dependencias de la AFI se hallaron fichas e informes sobre periodistas, académicos, organizaciones sociales, partidos políticos y otros participantes vinculados a la reunión ministerial de la OMC y a la cumbre del G20.
Pero el juez concluyó que los hechos investigados “se circunscriben específicamente a las tareas desplegadas por el personal de la entonces Agencia Federal de Inteligencia ” durante la Reunión Interministerial de la OMC y la Cumbre del G-20.
En ese marco, sostuvo que la intervención del organismo estuvo justificada por la necesidad de seguridad ante la “envergadura de los eventos que tuvieron lugar en nuestro país en los años 2017 y 2018″ y remarcó que en el caso no se requería autorización judicial previa que sí hubiera sido necesaria ante otro tipo de tareas como la interceptación de comunicaciones, el acceso a documentos privados no públicos o el ejercicio de funciones policiales o de investigación criminal en una causa concreta, enumeró.
“La naturaleza de tales intervenciones, adecuadas entonces a las previsiones de la Ley Nacional de Inteligencia N° 25.520, habilitaban su realización sin orden judicial”, concluyó.
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