¿Tienes un crédito en dólares? BCRP amplía medida que alcanzará a más préstamos desde diciembre
El Banco Central de Reserva del Perú ( BCRP ) ampliará desde diciembre de 2026 el alcance de una herramienta que busca reducir la dolarización de los préstamos.
La decisión incorpora nuevas modalidades de financiamiento en moneda extranjera al esquema de encaje adicional , que hasta ahora comprendía a los créditos vehiculares e hipotecarios.
Con este cambio, las entidades financieras deberán considerar también otros créditos de consumo en dólares , aunque las operaciones realizadas mediante tarjetas de crédito quedarán fuera.
El objetivo del BCRP es reducir los riesgos asociados a los descalces de moneda y fortalecer la capacidad de respuesta del sistema financiero. ¿Qué créditos estarán incluidos? La modificación aprobada por el directorio del BCRP contempla incorporar al cálculo del encaje adicional el resto de modalidades de créditos de consumo en moneda extranjera , salvo los otorgados mediante tarjetas de crédito.
Estos se sumarán a los préstamos hipotecarios y vehiculares , que ya estaban comprendidos en el mecanismo.
Desde diciembre de 2026, el requerimiento se activará cuando el saldo promedio diario de los créditos hipotecarios y de consumo, sin considerar las tarjetas, supere el mayor de dos límites establecidos por la autoridad monetaria. ¿Cómo se calculará el encaje adicional? El primer límite será equivalente al 95% del saldo promedio diario que la entidad financiera haya registrado en mayo de 2026 para sus créditos hipotecarios y de consumo en moneda extranjera, excluyendo las tarjetas de crédito.
El segundo estará fijado en el 7% del patrimonio efectivo de la institución financiera.
Por lo tanto, el encaje adicional se aplicará cuando el saldo promedio diario de las operaciones consideradas exceda el mayor monto resultante de ambos criterios.
El esquema cambiará progresivamente El BCRP estableció además una reducción gradual del peso que tendrá el saldo de mayo de 2026 en el cálculo.
Así, el porcentaje de referencia bajará de 95% a 80% en diciembre de 2027 y posteriormente a 60% en diciembre de 2028 .
Desde diciembre de 2029, el cálculo dejará de considerar el saldo de mayo de 2026 y dependerá únicamente del patrimonio efectivo de cada entidad financiera.
Paralelamente, el porcentaje aplicado a este indicador disminuirá un punto porcentual cada año, desde 7% hasta llegar a 5%.
Régimen actual seguirá vigente hasta noviembre La ampliación no entrará en vigor de inmediato.
El régimen actual continuará aplicándose hasta noviembre de 2026, mientras que las nuevas condiciones comenzarán a regir desde diciembre de ese año.
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