Uno por uno, qué impuestos hay que pagar si ganás dólares en plataformas digitales
Los ingresos generados en plataformas como YouTube, Twitch, TikTok, Patreon dejaron de ser un fenómeno marginal, cuando cada vez más argentinos producen contenido para audiencias internacionales y cobran en dólares mediante empresas radicadas en el exterior.
Ese crecimiento vino acompañado por una duda que, no por antigua o nueva, deja de ser recurrente.
Si el dinero llega desde una plataforma extranjera, ¿hay que declararlo en Argentina? La respuesta, según especialistas tributarios, es sí.
Aunque el tratamiento impositivo dependerá de distintos factores, cobrar desde el exterior no elimina por sí mismo las obligaciones frente a ARCA ni las normas cambiarias que regulan el ingreso de divisas.
“La idea de creer que el fisco argentino jamás se enterará de lo que me ingresa es hoy uno de los errores más frecuentes”, señaló el tributarista Mariano Ghirardotti , quien recordó que actualmente existen mecanismos internacionales de intercambio de información financiera como FATCA, CRS y CRS 2.0.
Cobrar desde el exterior no significa quedar fuera de los impuestos El hecho de que una plataforma tenga domicilio en otro país no determina, por sí solo, cómo tributan esos ingresos.
Según explicó Ghirardotti, lo que debe analizarse es la prestación de servicios realizada por una persona residente en Argentina y el régimen tributario en el que se encuentra inscripta.
Si el creador de contenido reúne los requisitos del monotributo y no supera los límites previstos por ese régimen, puede desarrollar la actividad bajo ese esquema simplificado.
Cuando la facturación supera esos parámetros, corresponde analizar el ingreso al régimen general .
En ese caso pueden intervenir el Impuesto al Valor Agregado (IVA), el Impuesto a las Ganancias e Ingresos Brutos, según la actividad y la jurisdicción. ¿Cuándo corresponde emitir una factura E? Uno de los aspectos más importantes es determinar si la actividad constituye una exportación de servicios.
Según señaló el tributarista, no alcanza con que, YouTube, TikTok o cualquier otra plataforma estén radicadas en el exterior.
Lo determinante es dónde se utiliza económicamente el servicio prestado.
Si corresponde considerarlo una exportación de servicios, el contribuyente deberá emitir una factura E y la operación quedará exenta de IVA.
Además, en la mayoría de las provincias también se encuentra exenta de Ingresos Brutos.
5News agregó este resumen a partir del feed público del medio. La nota completa, con todo el contexto, está en www.cronista.com — el contenido pertenece a El Cronista.