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La Corte frenó a los jueces que recortan los honorarios de los abogados y debaten posibles sanciones en el Consejo

La Nación ·
La Corte frenó a los jueces que recortan los honorarios de los abogados y debaten posibles sanciones en el Consejo

La Corte Suprema de Justicia dejó sin efecto dos decisiones judiciales que habían reducido los honorarios de abogados por debajo de los mínimos establecidos por la ley y fijó un criterio que los jueces inferiores deberán tener en cuenta al regular el trabajo profesional.

Los casos se dan en medio de una disputa abierta en el Consejo de la Magistratura , entre la abogacía y un sector de los jueces, por un expediente en trámite contra un magistrado debido a cómo reguló honorarios.

Las decisiones de la Corte fueron celebradas por el Colegio Público de la Abogacía de la Capital Federal (Cpacf), que llamó a los jueces a cumplir con los mandatos de estas sentencias de la Corte y a aplicar la ley para regular los honorarios.

La presidenta del Cpacf, Alejandra García , destacó que los fallos transmiten un mensaje claro y contundente y advirtió que “los mínimos arancelarios establecidos por la ley no pueden ser ignorados mediante invocaciones genéricas a las características del proceso, la extensión o calidad de la tarea profesional o el resultado obtenido”.

García afirmó: “Apartarse del régimen legal exige una fundamentación jurídicamente suficiente”.

En el caso Puebla , la Corte falló acerca de honorarios ligados a un amparo de salud contra el Ministerio de Salud de la Nación.

En primera instancia, el juez fijó los honorarios de los dos abogados en un total de 20 UMA, es decir, unos 2.084.400 pesos , pero luego la Sala II de la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal recortó ese monto a 10 UMA en total, la mitad, es decir, 1.042.200 pesos .

Para justificarlo, la Cámara aludió de forma genérica a que no convenía aplicar los porcentajes arancelarios de manera automática si llevaban a una desproporción con el trabajo realizado .

La Corte no aceptó ese argumento.

Señaló que la Cámara se apartó del artículo 48 de la ley sin declarar su inconstitucionalidad ni elaborar argumentación plausible alguna que lo autorizara.

Recordó además que la ley establece que los jueces no pueden dejar de lado los mínimos legales porque son de orden público y que para las acciones de amparo rige una regulación mínima de 20 UMA cuando no se aplica la escala por monto.

Según el máximo tribunal, la Cámara no explicó los motivos que la llevaron a reducir a la mitad lo que había fijado el juez.

El otro fallo, del caso Martinuzzi , se refería a un amparo contra Omint.

Allí, la Corte consideró arbitraria una decisión de la Cámara Civil y Comercial Federal que había reducido a 14 UMA ( $1.459.080 ) los honorarios de los abogados de la parte actora, sin explicar por qué se apartaba del mínimo de 20 UMA, lo que daba una diferencia de 625.320 pesos.

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5News agregó este resumen a partir del feed público del medio. La nota completa, con todo el contexto, está en www.lanacion.com.ar — el contenido pertenece a La Nación.

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