La causa contra el exjuez Marcelo Bailaque por presunta extorsión llegará a Casación tras quedar suspendida antes del juicio
El juez Aníbal Pineda , integrante de la Cámara Federal de Rosario , habilitó este martes la revisión de la medida que había suspendido el avance hacia el juicio oral en una de las causas contra el exjuez Marcelo Bailaque .
La decisión cuestionada había frenado el expediente por la presunta extorsión a los empresarios Claudio Iglesias y Jorge Oneto hasta que la Corte Suprema defina qué código procesal corresponde aplicar.
El planteo de la Fiscalía será analizado ahora por la Cámara Federal de Casación Penal .
La controversia se originó el 25 de agosto, cuando el camarista Pineda resolvió que el proceso podía avanzar hasta el eventual dictado del auto de apertura a juicio, pero que desde ese momento debía quedar suspendido mientras el máximo tribunal se pronunciara sobre la aplicación del Código Procesal Penal Federal (CPPF) o del régimen anterior.
En aquella resolución, el camarista ordenó que debía “ suspenderse la tramitación del presente legajo ” y mantener la causa bajo la jurisdicción del Colegio de Jueces de Garantías hasta que la Corte determinara “ qué código procesal penal resulta aplicable ”.
La Fiscalía quedó habilitada, mientras tanto, para continuar investigando a terceras personas vinculadas con el expediente.
El caso es una de las investigaciones más avanzadas contra Bailaque.
Según la acusación fiscal, desde su juzgado se habría impulsado y direccionado una causa contra Iglesias y Oneto con el propósito de presionarlos para que entregaran dinero a cambio de evitar consecuencias judiciales.
La maniobra habría comenzado en 2019.
En febrero de este año, el Ministerio Público Fiscal formalizó la acusación y estimó en 10 años de prisión la pena que requerirá para Bailaque si el caso llega al juicio oral.
La presentación dio paso a la audiencia de control de la acusación, instancia previa en la que se determina si el proceso queda en condiciones de ser enviado a debate y bajo qué términos.
Fue durante ese tramo procesal cuando surgió la discusión que ahora llegará a Casación.
La Fiscalía se opuso a la suspensión y sostuvo que el artículo 49 del CPPF establece, como regla, que una cuestión de competencia no paraliza la investigación preparatoria ni el control de la acusación , salvo respecto de determinadas decisiones finales.
Para los acusadores, extender esa excepción a la etapa posterior implica introducir una suspensión que la legislación no contempla.
5News agregó este resumen a partir del feed público del medio. La nota completa, con todo el contexto, está en www.infobae.com — el contenido pertenece a Infobae.