David Jiménez, abogado y experto en herencias, sobre el reparto de una vivienda entre hermanos: “El que se queda con la casa debe compensar al otro en dinero”
La herencia de una vivienda puede abrir una etapa de decisiones compartidas entre los familiares que reciben el inmueble.
La venta, el alquiler o la conservación de la casa requieren el acuerdo de todos los titulares , una circunstancia que puede complicarse cuando existen intereses distintos.
En ese escenario, la ley permite poner fin a la copropiedad sin que sea necesario mantenerla de forma indefinida.
Así lo explica David Jiménez , abogado especializado en herencias, en un vídeo publicado en TikTok en el que plantea la cuestión: “¿Qué hacer si un heredero quiere vender y el otro no?”.
Su explicación parte de un principio recogido en el Código Civil: ninguno de los copropietarios tiene la obligación de continuar en una comunidad de bienes si no desea hacerlo.
Esa posibilidad cobra relevancia cuando varios hermanos reciben un piso o una casa tras el fallecimiento de sus padres.
Cada uno pasa a tener una cuota de propiedad sobre el inmueble, pero las decisiones sobre el bien deben adoptarse de forma conjunta .
Si uno quiere desprenderse de su participación y otro pretende conservar la vivienda, la discrepancia puede impedir una solución inmediata.
La casa puede adjudicarse a uno de los herederos Una de las fórmulas previstas para resolver este tipo de casos es la extinción del condominio.
A través de este mecanismo, uno de los herederos puede quedarse con el inmueble completo y entregar al resto una compensación económica equivalente al valor de su parte.
Jiménez resumió esta alternativa con una frase: “Si uno de los hermanos no quiere vender, la solución estaría en el condominio”.
La operación permite que la vivienda deje de pertenecer a varios titulares y quede registrada a nombre de una sola persona.
El punto de partida consiste en determinar el valor del inmueble y calcular qué cantidad corresponde a cada heredero según su participación.
Si, por ejemplo, dos hermanos tienen el 50% de una vivienda y uno quiere conservarla, podrá recibir el 100% de la propiedad si abona al otro el importe correspondiente a su mitad.
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